A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante De Oficio Procesado Trejo Martinez Enith Del Carmen·Demandado Trejo Martinez Enith Del Carmen
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamento constitucional e internacional
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto positivo de jurisdicciones entre el Juzgado Penal del Circuito de Caucasia y el Cabildo Indígena Tigre Uno de Caucasia de Antioquia.
La controversia inicio por el escrito de acusación presentado por la fiscalía seccional 81 de Caucasia, debido a la presunta comisión del delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años, en la modalidad de concurso homogéneo sucesivo y con circunstancia de agravación punitiva.
Verificados los presupuestos para la configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Corte procede a explicar y a verificar la acreditación de los elementos fundamentales para determinar la competencia de la Jurisdicción Especial Indígena, dando estudio a los factores subjetivo, territorial, institucional y objetivo.
Consiguiente al análisis, la Corte determina la falta de los factores territorial, objetivo e institucional, ya que, el delito no fue cometido dentro del espacio de la comunidad indígena, no se acredita que los hechos por los cuales se reclama la competencia son relevantes para la comunidad indígena precitada y no se acredita suficiente andamiaje institucional para garantizar los derechos de las victimas en el proceso.
Consecuentemente decide dirimir el conflicto de jurisdicciones y remitir el expediente al Juzgado Penal del Circuito de Caucasia, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Cabildo Indígena Tigre Uno de Caucasia y a los interesados en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Penal del Circuito de Caucasia y el Cabildo Indígena Tigre Uno de Caucasia (Antioquia), en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Penal del Circuito de Caucasia la competencia para continuar con el proceso penal adelantado contra la señora Enith del Carmen Trejo Martínez, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años, en la modalidad de concurso homogéneo sucesivo77.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, REMITIR el expediente CJU-2622 al Juzgado Penal del Circuito de Caucasia (Antioquia), para lo de su competencia.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la señora Enith del Carmen Trejo Martínez y al Cabildo Indígena Tigre Uno de Caucasia (Antioquia).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.